Para financiarse a través del Mercado de Valores se requiere:

  1. La aprobación por parte de la junta general de accionistas, máximo órgano de la sociedad (o su equivalente para el caso de sociedades no constituidas como sociedades anónimas) que determina la emisión de Valores. Asimismo, la junta debe aprobar (o delegar la definición) las características generales que tendrá la futura emisión de valores.
  2. La estructuración de la emisión, que se la puede realizar a través de una Agencia de Bolsa o un Estructurador para Pymes.
  3. El registro e inscripción de los Valores en el Registro del Mercado de Valores y en la Bolsa Boliviana de Valores.
  4. Registro en la Entidad de Depósito de Valores, cuando corresponda.
  5. La colocación de los valores.

Las etapas 3,4 y 5 son realizadas conjuntamente a la Agencia de Bolsa contratada para el efecto.